Llega la ‘nulidad exprés’

A partir de la semana que viene, los procesos de nulidad matrimonial serán más rápidos, menos complejos y gratuitos. Así lo ha establecido el Papa Francisco. ¿Va a abrir la mano la Iglesia a la hora de declarar la nulidad? ¿Qué ha motivado que el Papa impulse esta reforma del Derecho Canónico? ¿Qué pasa con los procesos que ya están en curso? Se lo contamos.

Cada año aumenta el número de católicos divorciados que se alejan de la iglesia al casarse de nuevo por lo civil. Esta circunstancia ha alertado al Papa.

Más del 75 por ciento de los matrimonios fracasados son nulos. Lo calcula el padre José María Díaz Moreno, veterano profesor de Derecho Canónico en ICADE y en la Facultad de Teología de la Universidad Pontificia de Comillas. Son muchos y, sin embargo, la mayoría de los católicos divorciados no intentan que su matrimonio sea declarado nulo. Les asusta la duración del proceso, desconocen las causas por las que una unión es declarada nula o temen no tener el dinero suficiente para llevar adelante una nulidad.

Esta reticencia podría desaparecer a partir de los cambios anunciados por el Papa Francisco. Ya antes de la celebración del Sínodo de la Familia encargó una consulta entre familias católicas de muy diferentes países para conocer directamente las dificultades por las que atraviesa el matrimonio hoy día. A raíz de esa consulta, el Papa convocó un sínodo extraordinario del que emanaron las nuevas normas que van a regir los procesos de nulidad a partir del próximo 8 de diciembre.

La nulidad matrimonial es otra de las ‘revoluciones’ anunciadas por Francisco. Para José María Díaz. Ha sido uno de los momentos más claros en los que se ha visto la voluntad del Papa por desclericalizar la Iglesia católica.

Al Papa no le interesaba saber qué piensa la curia romana sobre las dificultades a las que se enfrenta el matrimonio. Le interesaba lo que dijeran las familias y los matrimonios. Esa consulta previa me pareció valiente y extraordinaria .

Sobre su cálculo del 75 por ciento de uniones nulas, el padre Díaz Moreno concluye. Mi experiencia me dice que los matrimonios nulos lo son en su mayoría porque se ha tendido a creer que eso de la fidelidad se le exige solo a la mujer y no al hombre y porque hasta 1981 no existía otra forma de celebrar el matrimonio que no fuera a través de la Iglesia .

¿En qué cambia el proceso de nulidad matrimonial a partir del día 8 de diciembre? Fundamentalmente en cuatro aspectos. Primero. será gratuito por parte de la Iglesia. Segundo. no se necesitarán dos sentencias iguales, emitidas por dos tribunales eclesiásticos distintos, para declararse la nulidad del matrimonio. Tercero. se abre la posibilidad de un proceso breve que requiere directamente la firma del obispo como juez. Y cuarto. se modifica la constitución de los tribunales eclesiásticos; ahora podrá haber dos jueces seglares, presididos por un juez clérigo.

El Papa ha querido dejar claro que con esta reforma no se trata de ampliar las causas por las que puede declararse nulo el matrimonio, sino de simplificar el proceso, de hacerlo asequible a quienes no tienen recursos y de acelerarlo; y apela a los obispos a que la Iglesia, como madre, se haga cercana a los hijos que se consideran separados .

¿Cuánto cuesta el proceso de nulidad en España? Por parte de la Iglesia, unos 2000 euros por diferentes conceptos. Pero esta cantidad puede verse duplicada cuando se apelan las sentencias o se añaden capítulos nuevos en el transcurso del proceso. Sin embargo, no es raro que se exima de este pago, en su totalidad o en parte, a quienes tienen dificultades. A esta cantidad hay que añadir los honorarios del abogado y del procurador, que en un proceso sencillo suman otros 4000 euros; si bien es cierto que, ante recursos y apelaciones en manos de un abogado sin escrúpulos, se puede multiplicar esta cantidad hasta por cinco y por seis. Pero en todos los procesos de nulidad existe la posibilidad de solicitar un abogado de gratuito patrocinio entre los inscritos en el elenco de cada obispado, con lo que el proceso podría resultar prácticamente gratuito para el demandante.

En este sentido, José María Díaz señala. Con mi casi medio siglo de experiencia en la asistencia a matrimonios fracasados, tengo que decir rotundamente que no he conocido un solo caso en el que no se haya llevado la causa de nulidad debido a problemas económicos. ni uno solo. Y conste que no me he dedicado a atender a las clases altas de la sociedad. Siempre he encontrado la mejor disposición en los llamados ‘patronos estables’, que son sacerdotes canonistas que atienden gratuitamente estos procesos .

¿Cuánto dura un proceso de nulidad? Hasta ahora la Iglesia exigía dos sentencias iguales para declarar la nulidad. Siempre. Así que, si un Tribunal Eclesiástico en primera instancia dictaba sentencia favorable, había que acudir obligatoriamente a una segunda instancia que confirmara la primera. En caso de que tras la primera y la segunda instancia no se hubiera conseguido la doble sentencia, cabía un último recurso ante una tercera, la del Tribunal de la Rota en Roma o en Madrid. Este proceso podía durar hasta tres años.

Con la nueva normativa ya no es necesaria la doble sentencia para confirmar la nulidad bastará con una sola, siempre que no haya apelaciones de una de las partes o del defensor del vínculo, por lo que se estima que el proceso puede verse reducido a un año.

Más que el coste económico, la queja más habitual en nuestro país es la duración del proceso señala Díaz Moreno. Yo nunca he sabido explicar por qué eran necesarias dos sentencias conformes y hace más de 30 años que los canonistas discutimos esta cuestión en nuestras reuniones. Es inconcebible que una institución jurídica desconfíe de la sentencia que ha dado otro Tribunal Eclesiástico. Esto tenía que acabar .

 El proceso breve. Las demandas para el ‘proceso breve’ establecido por el Papa Francisco serán aceptadas a trámite cuando las presenten los dos cónyuges de mutuo acuerdo o uno solo de ellos sin que se oponga el otro y cuando, además, haya prueba contundente de nulidad. 

En el Tribunal Eclesiástico, en primera instancia, intervienen además del abogado y el procurador el defensor del vínculo y tres jueces (presidente, ponente e instructor). Por esta nuevae presenta directamente a un tribunal presidido por el obispo, con un solo juez instructor y se estima que la sentencia se dicte en el plazo de dos meses. 

No estoy de acuerdo con quienes temen que la nulidad rápida pueda ser una fuente de abusos, porque mi experiencia me dice que no son tan pocos los casos de evidencia, sino bastantes más de los que la gente se cree; pero es que, además, me parece absurdo que matrimonios con causa evidente que no han durado siquiera un año tengan que esperar dos o tres años para ser declarados nulos , afirma el padre Díaz Moreno.

Formación de los tribunales eclesiásticos. Con la nueva normativa se refuerza el papel del obispo como primer juez de la diócesis y se abre la posibilidad a que, ante la dificultad de formar tribunales de primera instancia con jueces clérigos, participen en ellos hasta dos jueces laicos presididos por un juez clérigo, sin las limitaciones del Código actual.

Los canonistas llevamos reclamando con insistencia desde hace años que la composición de los tribunales no sea casi exclusivamente clerical, porque no es lo mismo que un varón le pregunte o le diga determinadas cosas a una mujer a que sea una mujer la que le pregunte o le diga tal cosa a otra mujer. Hasta ahora, solo con permiso de la Conferencia Episcopal los seglares podían formar parte de los tribunales colegiales, ahora esta decisión queda en manos del obispo. Esta era una reforma pendiente que el Papa ha querido abordar sin someterla a la votación de la curia en el Sínodo General de la Familia , dice el padre Díaz Moreno. 

¿Con dinero se consiguen más fácil y rápido las nulidades? Lo hemos oído siempre. el que tiene dinero y/o poder consigue antes una sentencia favorable de nulidad. Sin embargo, unos y otros lo niegan taxativamente. Yo no he conocido ningún caso en el que se pueda decir que se haya ‘comprado’ al tribunal advierte el padre Díaz Moreno. Ni tampoco he conocido ningún caso de que presiones sociales ni políticas hayan influido en la decisión o en la marcha de ningún tribunal, y yo no he dejado pasar ninguna ocasión de investigar cuando he oído que haya podido darse algún tipo de presión. Sin embargo, sí creo que influye el abogado que busques y que puedas pagar, por su prestigio o por la forma en la que plantea al tribunal la nulidad, como también influye la sensibilidad de los jueces. Conozco casos, para mí ciertos, de nulidad matrimonial que no se han podido o sabido probar. No hay que olvidar que las sentencias no son constitutivas, son declarativas, y que la Iglesia es tan humana como cualquier otra institución .

 ¿Es un proceso desagradable y escabroso? En ocasiones las causas que se alegan para la nulidad requieren la intervención de ginecólogos, psicólogos, psiquiatras y no siempre las preguntas de los jueces que instruyen el sumario parecen del todo justificadas. María Álvarez de las Asturias, defensora del vínculo en el Tribunal Eclesiástico de Madrid, señala que no es agradable tener que declarar ante una persona que no conoces de nada los motivos por los que tu matrimonio no ha salido bien, porque supone que tienes que abrir tu intimidad. Si lo que se alega es incapacidad para mantener una relación sexual normal, el juez tendrá que investigar cómo fueron esas relaciones sexuales. Pero en la mayoría de los casos no se preguntan ese tipo de cosas. La instrucción hay que hacerla con delicadeza, pero no puedes quedarte sin preguntar cosas importantes para la instrucción de la causa porque puede ocurrir que la sentencia sea negativa por falta de datos .

 ¿Aumentarán en España las solicitudes de nulidad eclesiástica? Es el jesuita José María Díaz quien responde. No, porque el problema de fondo es la falta de fe. Si, tras la celebración de estos dos sínodos de la familia, alguien saca la idea de que habrá en los confesionarios colas de divorciados vueltos a casar para pedir la eucaristía es que vive en otro planeta. La mayoría de los divorciados vueltos a casar o ya no tenían fe o la han perdido tras el fracaso matrimonial .

Si las causas de nulidad son las mismas y el proceso ya era gratuito para quienes no podían costearlo, ¿podemos decir que lo más importante de esta reforma es que se reduce el tiempo de tres años a uno? No hay que pensar solo en la realidad española, advierte el padre Díaz Moreno. El Papa ha tomado unas medidas muy necesarias teniendo en cuenta que muchas diócesis no pueden tener un tribunal porque no hay clero suficiente. Teniendo en cuenta que el juez eclesiástico es un mero delegado del obispo, es muy necesario que allá donde no se puedan formar tribunales sean los propios obispos quienes dicten la nulidad cuando vean causas evidentes.

Defensora del Vínculo

MARÍA ÁLVAREZ DE LAS ASTURIAS

Defensora del vínculo en el Tribunal de Madrid desde hace 17 años.

XLSemanal. El defensor del vínculo es el fiscal, la bestia negra del proceso. ¿Recibe muchas presiones?

María Álvarez de las Asturias. Nunca. Hay una leyenda negra que no se corresponde con la realidad. Al terminar el proceso, son muchos los que nos dicen, sorprendidos, que se imaginaban otro trato y otras dificultades. Y yo les suelo decir. ¡Ve por ahí y cuéntalo! . Entiendo que si lo peor que te puede pasar, al iniciar un proceso de nulidad, es encontrarte conmigo no va a ser un mal muy grave [sonríe]. Los tribunales de la Iglesia estamos para ayudar.

XL. ¿Distingue cuándo el demandante y su abogado han urdido una mentira para lograr la nulidad?

M.Á.A. En 17 años solo he tenido un par de veces esa duda. Mentir de manera coordinada sin que se note es muy difícil. En algún caso las personas han mentido, pero no se puede decir que por sistema lo hacen, todo lo contrario.

XL. ¿El defensor del vínculo se adhiere muchas veces a la causa?

M.Á.A. Por definición siempre se pone en contra. Mi función es recordar que el matrimonio es válido mientras no se demuestre lo contrario y debo argumentar las razones por las que creo que puede ser válido, aunque haya ocasiones en las que, a la vista de las pruebas, diga que no tengo nada que oponer a la demanda de nulidad. Lo que no hace nunca el defensor del vínculo es defender que es nulo.

XL. ¿Cuáles son las causas de nulidad más comunes?

M.Á.A. La incapacidad para celebrar el matrimonio, porque vivimos en una sociedad profundamente inmadura y con unas heridas afectivas muy grandes.

XL. ¿Cómo se puede paliar el alto porcentaje de matrimonios nulos? 

M.Á.A. La tarea pendiente es que se puedan evitar los motivos de nulidad durante la preparación al matrimonio. De lo contrario, esta reforma quedaría coja. 

XL. ¿Qué va a ocurrir con los procesos ya iniciados?

M.Á.A. Las sentencias que se publiquen a partir del 8 de diciembre ya no irán a segunda instancia, salvo apelación.

Abogada de familia

ELENA ZARRALUQUI

Licenciada en Derecho, tiene 22 años de experiencia como abogada de familia. Es miembro del elenco del Tribunal Eclesiástico.

XLSemanal. ¿Qué le ha sorprendido más de esta reforma?

Elena Zarraluqui. La opción de que las dos partes presenten la demanda de mutuo acuerdo o que lo haga uno con el consentimiento del otro porque en la nulidad no cabía el acuerdo, ya que no se trata de que haya consenso entre los cónyuges, sino de demostrar que un acto haya sido nulo.

XL. ¿Qué porcentaje de matrimonios nulos cree que hay, fracasen o no fracasen?

E.Z. Mi padre dice que el cien por cien lo son Y yo también lo creo [sonríe]. Pienso que tú no sabes, cuando contraes matrimonio, dónde te estás metiendo ni la evolución que va a tener en la vida. Prestas tu consentimiento a algo que no conoces.

XL. Pues menudo panorama le pinta al defensor del vínculo.

E.Z. Yo lo veo así. Pero también ocurre que muchas de las causas que pudieran llevar a la nulidad los cónyuges las van salvando con el tiempo, y van saliendo adelante.

XL. ¿La infidelidad puede ser también causa de nulidad?

E.Z. Sí, cuando se ha iniciado antes del matrimonio y es continuada.

XL. ¿Son duros los defensores del vínculo?

E.Z. Los hay durísimos, sí. Algunos son sacerdotes y otros, gente muy ligada a la Iglesia.

XL. En los procesos breves que contempla la reforma, el obispo ejerce de juez. ¿Están preparados los obispos para ello?

E.Z. Este es un tema del que se está hablando mucho, porque no se sabe muy bien el grado de formación jurídica que pueden tener. El Papa dice que los obispos deberán recibir la formación y asistencia necesarias. Personalmente creo que la mayor parte de los obispos se dejarán asesorar y firmarán lo que los juristas les digan.

XL. En procesos complicados ha habido nulidades eternas hasta ocho años, ¿también ruinosas?

E.Z. Eso depende de cómo se lleve el proceso. A mi despacho vino una mujer que llevaba pagados más de 20.000 euros al abogado. Eso es una auténtica barbaridad.

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